El Juzgado Mercantil Número 7 de Barcelona ha declarado nulo el índice IRPH Cajas de Ahorro que tenía un cliente en su hipoteca y ha condenado al BBVA a anular dicho índice y devolver 6.659 euros. El Juzgado Mercantil Número 7 de Barcelona ha declarado nulo el índice IRPH Cajas de Ahorro que tenía un cliente en su hipoteca y ha condenado al BBVA a anular dicho índice y devolver 6.659 euros “en concepto de intereses y no amortización”. BBS Abogados, despacho asociado a la plataforma jurídica Denunciascolectivas.com ha conseguido una sentencia pionera sobre IRPH en Barcelona.
Se trata de una de las primeras sentencias que dan la razón a un hipotecado con IRPH. Ya en 2013, otro juez de Madrid dictaminó que establecer el IRPH como índice en sustitución del Euribor resultaba más perjudicial para el prestatario, lo que daba lugar a declarar dicho índice como abusivo. En este caso, el Juzgado de Primera Instancia de Collado Villalba (Madrid) suspendió la ejecución hipotecaria de una vivienda por impago de una hipoteca “a la vista de las numerosas cláusulas abusivas” existentes en el contrato hipotecario. Ha esta sentencia, le han seguido muchas más -más de 30-, incluyendo la última de Barcelona, tal y como recoge en su web Asuapedefin, la asociación de afectados por permutas y derivados financieros.
En esta última, el magistrado de la ciudad condal “declara nula por abusiva la condición general de la contratación (…) que establece como índice de referencia el IRPH Cajas de Ahorro”. A cambio, el préstamo se referenciará al Euribor más 1 punto, respetando así el diferencial pactado en la hipoteca.
“Esta sentencia no podría venir en mejor momento. El pasado 25 de febrero el Tribunal Supremo anunció la resolución de un recurso de un cliente del BBVA en el que declaraba que sólo habría retroactividad en casos de cláusula suelodesde mayo de 2013. Y, aunque el IRPH y la cláusula suelo son esencialmente diferentes, tienen una similitud incuestionable: en ambos casos hay que hablar de retroactividad. Que un juzgado declare la retroactividad desde el inicio del préstamo, precisamente, para un cliente del BBVA, es significativo. Aunque estemos hablando de IRPH y no de cláusula suelo”, aseguran desde Denunciascolectivas.com.
En el fallo de BBS Abogados se hace precisamente referencia a la polémica sentencia del 9 de mayo de 2013 del Tribunal Supremo sobre cláusula suelo, para establecer “qué requisitos ha de cumplir una cláusula negocial para que pueda calificarse como condición general de la contratación”. Y también cita de nuevo la sentencia para dirimir qué criterios han de primar para considerar o no abusiva dicha cláusula. El juez, tras considerar el IRPH abusivo, procede a su nulidad “a petición de los demandantes” ycondena a BBVA a la devolución de los intereses, condenándola además a pagar las costas del proceso judicial.