La cláusula suelo se ha convertido en un negocio muy caro para quien la suscribió y un buen negocio para los bancos. Tan bueno que a lo largo del año 2012 se han dictado diferentes sentencias en los Juzgados de lo Mercantil en las que se condena a diferentes entidades bancarias a devolver importantes cantidades de dinero que se estaban cobrando de manera ilícita.
 
En estos contratos de préstamo hipotecario se establece que, en ningún caso, el interés variable puede ser inferior a un mínimo fijado por el banco -suele oscilar entre el 3% y el 5%, mientras que, por otra parte, se dispone un límite máximo inalcanzable -en la mayoría de los casos oscila entre el 7% y el 15%.
 
 
En palabras de Alberto Mora, letrado que se ocupa de la defensa jurídica de los afectados por la cláusula suelo en DenunciasColectivas.com, “esta práctica bancaria, que transgrede el principio de buena fe contractual, ocasiona, en detrimento del cliente, un desequilibrio sustancial e injustificado de las obligaciones contractuales, a la vez que está originando un importante quebranto en las economías de los consumidores españoles“. 
 
Una hipoteca de 100.000 euros a 30 años al 3% tiene una cuota mensual de 421,60 euros. Con el Euribor a 0,60 y con un diferencial de 0,65, se quedaría en el 1,25% y 333,25 euros mensuales (la diferencia mensual es de 88,35 euros y de 1.060,25 euros anuales, y esta situación pueda afectar a varios años de la hipoteca). Si con motivo del suelo no se permite bajar del 3%, éste sería el perjuicio para el cliente.
 
Gracias a la plataforma de denunciascolectivas.com cualquier afectado por la clausula suelo puede reclamar de forma extrajudicial y gratuita agrupando los intereses de muchos consumidores con el mismo problema y con la misma entidad. En caso de no prosperar esta reclamación podrá instar demanda de nulidad de la cláusula suelo y reclamar judicialmente la diferencia entre la cantidad que se debería de haber abonado de no existir la cláusula suelo y la cantidad que efectivamente se abonó.
 
Esta reclamación por vía judicial y acumulable, tiene un coste inicial significativamente más reducido que si se planteara de forma individual. En ambos casos, la totalidad de los honorarios de los abogados se devengarán cuando sea reconocido por acuerdo o sentencia el derecho del denunciante a recibir su compensación, de la cual se detraerá el porcentaje o cantidad pactada con antelación (sólo se exigirá una provisión de fondos, previamente acordada, en el caso de acción judicial).
 
Denunciascolectivas.com, que impulsa la creación de asociaciones de consumidores afectados, se convierte en el primer referente de denuncias colectivas en España siguiendo el modelo de las class action americanas. En DenunciasColectivas el usuario puede adherirse a cualquiera de las denuncias existentes, así como proponer el caso que le afecta para que lo estudien y pueda convertirse, si fuera jurídicamente procedente, en una denuncia colectiva.