El periodista Nicolás M. Sarries de Voz Populi señala en la noticia “El BdE supervisa las hipotecas y las cláusulas suelo, pero se lava las manos respecto a sancionarlas”: 
“El Banco de España se reconoce incapaz de calificar como abusiva o de decretar la nulidad de una cláusula suelo aunque las revise”…
 
El Banco de España lo admite en su Memoria de la SupervisiónBancaria en España de 2015: En el apartado cuatro de dicho informe con el título “Supervisión de Conducta de Entidades” se habla sobre la dichosa Cláusula Suelo:
 
1º – “De entre los aspectos que cabe revisar en las inspecciones, destaca el concerniente a la adecuada inclusión de las cláusulas de limitación a la variabilidad del tipo de interés, más conocidas como «cláusulas suelo»”.
 
2º – “De conformidad con los fundamentos de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, tales cláusulas, cuando son contratadas con consumidores, están sometidas a un doble filtro de transparencia, según el cual no sería suficiente el cumplimiento formal de lo exigido por la normativa de «transparencia y protección a la clientela bancaria» y por la normativa relativa a las «condiciones generales de la contratación», sino que sería imprescindible también la «comprensibilidad real» de la cláusula en cuestión”.
3º -“De los criterios anteriores, tan solo el cumplimiento formal de lo exigido por la normativa de transparencia y protección a la clientela bancaria recae en el ámbito competencial propio y directo del Banco de España”.
 
4º – “Corresponden a los órganos judiciales, y no al Banco de España, la eventual calificación y la declaración de la nulidad de las cláusulas contractuales”.
 
5º – Por ello, las labores de supervisión desarrolladas en este aspecto han consistido en la comprobación de que estas «cláusulas suelo» cumplen los requisitos de transparencia exigidos por las normas de ordenación y disciplina, y que su efectiva aplicación por las entidades responde a lo pactado en los correspondientes contratos.
 
6º – En la carta de presentación del subgobernador se realiza otra cita a las Cláusulas Suelo haciendo hincapié en que el Banco de España da la máxima importancia a la transparencia bancaria, a la protección de la clientela y al adecuado funcionamiento de los mecanismos de atención y resolución de conflictos con dicha clientela, en línea con una generalizada toma de conciencia en el ámbito internacional sobre la importancia de garantizar la adecuada conducta de los agentes financieros.
 

7º –
Durante 2015 la supervisión de conducta del Banco de España se ha centrado fundamentalmente en la revisión de la comercialización y liquidación de las operaciones con garantía hipotecaria, la comprobación de la aplicación de las medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, la utilización de las cláusulas suelo y las estrategias de reacción de las entidades ante las reclamaciones de sus clientes en relación con dichas cláusulas.
 
Datos obtenidos del Informe del Banco de España de la Memoria de la Supervisión Bancaria en España de 2015. El Banco de España difunde todos sus informes y publicaciones periódicas a través de la red Internet en la dirección http://www.bde.es