El juzgado de primera instancia de Sant Feliu de Llobregat condena a Bankinter por la comercialización de una Hipoteca Multidivisa.
La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Sant Feliu de Llobregat, en fecha de 25 de Abril de 2016, condena a BANKINTER S.A a eliminar la Clausula Multidivisa y a establecer un préstamo en Euros y con EURIBOR + 0,50 PUNTOS DE DIFERENCIAL, con devolución retroactiva total desde la firma de la Hipoteca, de todos los intereses que lo que cliente ha pagado de más.
La sentencia tiene en consideración los siguientes elementos:
A fecha de presentación de la demanda, el cliente ha tenido un perjuicio total de más de 100.000 euros, puesto que el préstamo era de fecha 20/12/2007, por importe de 200.000 euros (en su contravalor a Francos Suizos).
Ninguno de los contratantes recibió información previa que les permitiera entender el producto.
NO se entregó Folleto Informativo, ni Oferta Vinculante ni tampoco ejemplos de simulaciones ni hoja de riesgos del producto.
Se trata de un producto muy complejo, de difícil comprensión para un cliente consumidor, con independencia de que se califique o no como de derivado financiero, a tenor de la reciente sentencia del Tribunal Supremo.
El empleado de la entidad, quien comercializó el préstamo, fue vago e impreciso en sus declaraciones, omitiendo todo aquello que podría perjudicar a la entidad, en la que trabaja actualmente.