El magistrado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Teruel ha dictado esta mañana un auto por el que suspende cautelarmente la aplicación de la cláusula suelo del contrato de préstamo hipotecario que A. A. M. y D. R. H. A. tienen suscrito desde 2007 con la entidad “Caja Rural de Teruel, Sociedad Cooperativa de Crédito” y condena a la mencionada entidad al pago de las costas procesales.
En sus razonamientos jurídicos el magistrado entiende que no se cumplieron los controles de transparencia y que no se informóa los afectados de las incidencias que la cláusula suelo tendría durante la vida del préstamo.
En su auto el juez expresa que con la medida cautelar adoptada se pretende evitar la sobrecarga económica que dicha cláusula abusiva genera en los demandantes y el lastre que para ellos supone, en su modesta economía familiar, dado que los solicitantes tienen sueldos humildes y dos hijos además de soportar otras cargas familiares.

NP.- Comunicación Poder Judicial