¿Por qué hay Audiencias Provinciales que están concediendo ya la retroactividad desde antes de la sentencia del TS?
Lo que ha hecho el Tribunal Supremo con su doctrina sobre la retroactividad es sumamente grave y afecta directamente a la seguridad jurídica, seguridad jurídica a la que precisamente apelan para justificarse. Desvirtúan el término seguridad jurídica, que es uno de los parámetros que se miden para determinar a las democracias avanzadas.
Las Audiencias Provinciales son realmente el último eslabón independiente de la justicia española y dictan sentencias conforme a lo que marca la ley, en concreto el artículo 1.303 del código civil que establece que lo que es nulo no produce efectos. La doctrina del Tribunal Supremo no puede ser contraria a las leyes escritas y así parecen interpretarlo las Audiencias Provinciales.
Mientras, la Comisión Europea defiende la retroactividad de las cláusulas suelo declaradas nulas en una sentencia. ¿A qué se debe este contraste?
Los miembros del Tribunal Supremo son nombrados por el Consejo del Poder Judicial, que es a su vez elegido por el parlamento español. Con estos mimbres, cabe cuestionar la independencia del poder judicial. Y cuando no hay independencia del poder judicial ocurren cosas como estas, sentencias salomónicas que no tienen cabida en otros ordenamientos jurídicos.
Afortunadamente, quien tiene la última palabra en esta materia es el TJUE, y no olvidemos que los bancos son entidades privadas y no entidades públicas, a pesar del accionariado del Estado a través del FROB en algunas de ellas, y por lo tanto cualquier trato de favor basado en el carácter público de las entidades financieras españolas provocaría un problema de seguridad jurídica.
Si la Comisión Europea se alineara con el criterio del Tribunal Supremo amparándose, en que precisamente porque son grandes corporaciones que podrían ser demasiado grandes para caer y por las consecuencias sísmicas que podrían producirse, es una invitación a que cualquier entidad que adquiera cierto tamaño pueda aprovecharse de esta circunstancia y vulnerar derechos de los ciudadanos a sabiendas de que lo más que van a hacerles es darles un tirón de orejas y pedirles que dejen de hacerlo sin tener que pagar por ello.
Afortunadamente, quien tiene la última palabra en esta materia es el TJUE, y no olvidemos que los bancos son entidades privadas y no entidades públicas, a pesar del accionariado del Estado a través del FROB en algunas de ellas, y por lo tanto cualquier trato de favor basado en el carácter público de las entidades financieras españolas provocaría un problema de seguridad jurídica.
Si la Comisión Europea se alineara con el criterio del Tribunal Supremo amparándose, en que precisamente porque son grandes corporaciones que podrían ser demasiado grandes para caer y por las consecuencias sísmicas que podrían producirse, es una invitación a que cualquier entidad que adquiera cierto tamaño pueda aprovecharse de esta circunstancia y vulnerar derechos de los ciudadanos a sabiendas de que lo más que van a hacerles es darles un tirón de orejas y pedirles que dejen de hacerlo sin tener que pagar por ello.
¿Existen otros derivados financieros a los que el hipotecado deba temer en un futuro?
En el futuro, lo que ha conseguido la banca es que el cliente desconfíe de antemano. Pero tampoco parece preocuparles mucho porque hace ya bastante tiempo que la banca obtiene muchos más ingresos por comisiones que por prestar dinero. La banca ya ha cometido todos los abusos imaginables, así que de lo que hay que preocuparse más de ahora en adelante es de los engaños por el cobro de comisiones abusivas y leer muy bien la letra pequeña de los contratos que firmamos con ellos.
Después de las cláusulas suelo, ¿cuáles son las denuncias a las que más se adhieren quienes recurren a DenunciasColectivas.com?
Tenemos un recorrido muy grande y somos fuertes también en reclamaciones de IRPH, hipotecas que fueron igualmente comercializadas con falta de transparencia y parece que, tal y como están sucediéndose las sentencias, van a ser las nuevas cláusulas suelo. Lo mismo ocurre con las hipotecas multidivisa con las que ya contamos con sentencias relevantes.